Actualidad · Microcréditos y revolving
La reforma plantea limitar los costes de los créditos y controlar mejor a las empresas que los conceden. Te explicamos qué podría cambiar y qué puedes hacer si ya tienes uno.

Pedir un crédito es fácil. Entender cuánto acabará costando y si podrás devolverlo puede ser más complicado. La reforma del crédito al consumo busca mejorar la protección de quienes contratan microcréditos, préstamos o tarjetas con pago aplazado.
El 1 de octubre de 2026 se difundió un informe de la CNMC, el organismo que vigila la competencia, sobre esa reforma. Las medidas todavía son propuestas: este informe no aprueba una nueva ley ni cambia por sí solo tu contrato.
¿Qué podría cambiar para el consumidor?
Más control sobre las empresas que prestan dinero
La propuesta prevé exigir autorización y registro a las empresas que conceden estos créditos, con supervisión del Banco de España. El objetivo es que la actividad esté más controlada.
Límites al coste de los créditos
Se plantean límites a los intereses y otros costes, con reglas específicas para los préstamos de alto coste, como determinados microcréditos.
La CNMC recomienda que esos límites se calculen con datos del mercado español. Su alcance dependerá de cómo quede la ley definitiva.
Comprobar mejor si puedes devolver el dinero
Antes de conceder el crédito, la empresa tendría que analizar con más rigor tus ingresos y gastos. La finalidad es evitar que asumas una deuda que no puedas pagar.
La obligación de comprobar la capacidad de pago ya existe para los créditos sujetos a la legislación actual. La reforma busca reforzarla.
¿Y los préstamos de menos de 200 euros?
La propuesta también los incluye. Aunque la cantidad prestada sea pequeña, el consumidor tendría la protección específica prevista en la nueva ley de crédito al consumo.
Si ya tienes un crédito, ¿debes esperar?
No necesitas esperar a esta reforma para consultar si puedes reclamar. La legislación actual ya permite reclamar frente a préstamos usurarios cuando se cumplen los requisitos legales.
Pero un interés alto no significa, por sí solo, que el contrato sea nulo. Hay que revisar qué contrataste, cuándo lo hiciste y cuánto has recibido y pagado.
Si tienes dudas, reúne el contrato, la información que te dieron antes de firmar y los recibos o extractos. Esa documentación permitirá estudiar tu situación.